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Publicado: Lunes, 02 Enero 2023 15:45
Los ocho jóvenes rugbiers acusados de matar a Fernando Báez Sosa a la salida de un boliche en Villa Gesell en enero de 2020 comenzarán a ser juzgados.

Los ocho jóvenes rugbiers acusados de matar a Fernando Báez Sosa a la salida de un boliche en Villa Gesell en enero de 2020 comenzaron a ser juzgados a partir de este lunes, en el marco de un proceso judicial que tendrá en medio del desarrollo un nuevo aniversario del brutal asesinato que quedó registrado en varias filmaciones. "Atacaron a Fernando Báez Sosa por sorpresa cuando estaba de espaldas e idenfenso", dijo el fiscal a cargo de la causa.
Máximo Pablo Thomsen; Ciro Pertossi; Enzo Comelli; Matías Franco Benicelli; Blas Cinalli; Ayrton Michael Viollaz; Lucas Fidel Pertossi y Luciano Pertossi fueron trasladados cerca de las 8 del domingo a través de dos móviles del Servicio Penitenciario Bonaerense hasta el Palacio de Tribunales para ser juzgados por homicidio. Este lunes a las 9 de la mañana se sentarán en el banquillo de los acusados.
Según la Justicia, los ocho rugbiers "acordaron" darle muerte a Báez Sosa en esa brutal golpiza que le propinaron frente al boliche, en pleno centro de Villa Gesell y en medio de una gran oleada de jóvenes que visitan para esa fecha la ciudad balnearia.
Todos los acusados, quienes ya habían permanecido en Dolores entre el 29 de enero y el 13 de marzo de 2020, están detenidos y podrían ser condenados a perpetua en el juicio que se llevará a cabo durante la feria judicial de enero en la ciudad de Dolores.
El 18 de enero próximo no será un aniversario más para los papás de Fernando Báez Sosa, el joven de 18 años asesinado por un grupo de rugbiers a la salida del boliche Le Brique ese día del 2020, ya que en medio del recuerdo se estará llevando a cabo el juicio oral.
Previamente, el grupo de rugbiers y Fernando habían tenido un altercado dentro de Le Brique, por lo que intervino la seguridad del lugar y echó a los dos grupos, por separado: sin embargo, los primeros fueron en búsqueda de la víctima una vez que ambos estaban en la puerta del boliche.
Según la imputación, Thomsen, Pertossi, Comelli, Benicelli y Cinalli "abordan por detrás a Fernando Báez, aprovechándose de que el mismo estaba de espaldas e indefenso, y de ésta manera actuando sobre seguro, en virtud de la superioridad numérica y física, lo rodean, se abalanzan sobre él y comienzan a propinarle golpes de puño en su rostro y cuerpo" hasta que cae inconsciente y pierde la vida.
"Le propinaron allí en el suelo, varias patadas en su rostro y cabeza, causándole lesiones corporales internas y externas, las cuales provocaron su deceso en forma casi inmediata, al causarle un paro cardíaco producido por shock neurogénico debido a un traumatismo grave de cráneo", agrega la imputación hecha por la fiscal Verónica Zamboni.

Los otros tres, Villaz y Lucas y Luciano Pertossi "previo acuerdo y distribución de tareas con los otros sujetos activos, también participaron premeditadamente de la agresión con el fin de dar muerte a la víctima, posibilitando fundamentalmente la comisión del hecho, ya que rodearon tanto a Fernando Báez Sosa como a los amigos que estaban junto a él, impidiendo de ésa forma que éste pudiese defenderse por sí solo e incluso recibir defensa por parte de sus amigos y/o terceros".
Los acusados quedaron filmados por varias cámaras de seguridad posterior al hecho, donde siguieron con su rutina diaria de vacaciones pero fueron detenidos a las pocas horas tras ser identificados a lo que se sumó gran cantidad de declaraciones testimoniales que vieron cuando emprendían la golpiza a Fernando.
"Chicos no se cuenta nada de esto a nadie", fue uno de los mensajes que envió Ciro Petossi a un grupo de WhatsApp que integraba con los otros acusados, intentando poner silencio sobre lo que había ocurrido momentos antes.

"Tenían plena conciencia y conocimiento de que había causado la muerte de Fernando, pese a lo cual, todos ellos huyeron del lugar, y se escondieron", sostuvo la Fiscalía.
El brutal asesinato de Fernando Báez Sosa conmovió a la sociedad, por lo que sea realizaron varias marchas para exigir justicia por el joven: algunas de las movilizaciones estuvieron encabezadas por sus padres, Silvino y Graciela.
El juicio se realizará desde el 2 de enero en Dolores y durante toda la feria judicial, ya que el Tribunal a cargo María Clauda Castro, Christian Rabaia y Emiliano Lázzari tiene la agenda cargada y por eso decidió llevar adelante este debate en el receso de verano.
Fernando Burlando exigió cadena perpetua
Fernando Burlando, uno de los abogados defensores, tomó la palabra inicial y exigió cadena perpetua para todos los acusados: "El crimen fue una lisa y llana ejecución. No estuvieron dispuestos a detener su accionar hasta no ver sin vida al individuo. Cada golpe aplicado tenía un destino y un fin: matar".
El conocido letrado esgrimió sus argumentos por el cual la defensa asegura que se trató de un asesinato premeditado y preparado: “Acordaron y planearon emboscar con la intención de matar a Fernando Báez Sosa. Lo hicieron luego de un incidente menor dentro del local bailable Le Brique, donde la víctima y las personas que la acompañaron intentaron calmar los ánimos, evitar una pelea, recomponer la situación”.
Para Burlando, los rugbiers "tomaron la decisión de matar y mataron. A partir de hoy vamos a demostrar que el asesinato de Fernando Báez Sosa tuvo como mecánica un asalto por ambos flancos de la víctima".
La defensa de los acusados pidió la suspensión del debate
Hugo Tomei, abogado principal de los ocho rugbiers acusados de asesinar a Báez Sosa, pidió la suspensión del proceso después de la palabra de Burlando.
“Es muy grave, y lo vengo diciendo desde hace tres años: no hay sentencia que pueda ser válida si el proceso no sigue los lineamientos de la constitución”, señaló.
El abogado defensor aseguró que los imputados "no fueron indagados de manera correspondiente" y criticó el rol de la fiscal Zamboni como uno de los argumentos para suspender el debate: “No puede ser que se le haya tomado declaración en 25 minutos a los diez”. “Se violentó su derecho a ser oídos”. Además, para el letrado “se está violando el derecho a la intimidad” y “la presunción de inocencia de los acusados”.
Sobre el final de su pedido, Tomei mostró una captura de WhatsApp, por lo que la presidenta del tribunal pidió no exponer pruebas en esa instancia.
Fuente: unosantafe.com.ar
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Publicado: Lunes, 26 Diciembre 2022 15:40
Habrá una alícuota reducida para montos de hasta us$50.000. Funcionarios del Ministerio de Economía trabajaron en este proyecto durante el fin de semana.

A pesar de la Navidad, algunos funcionarios del Ministerio de Economía siguieron trabajando el pasado fin de semana para terminar de elaborar el proyecto de ley de blanqueo que Sergio Massa anunció tras la firma del acuerdo de intercambio de información financiera entre los Estados Unidos y la Argentina.
Los puntos principales de la iniciativa son los siguientes, según la información obtenida por Ámbito:
Alcances
Personas humanas, sucesiones indivisas y empresas.
Bienes comprendidos
Tenencia de moneda nacional y/o extranjera en el país y/o en el exterior, activos financieros, bienes inmuebles, bienes muebles y demás bienes en el país y/o en el exterior (incluyendo créditos).
Alícuotas
2,5%, desde la entrada en vigencia hasta el 31 de marzo de 2023.
5%, desde el 1º de abril de 2023 hasta el 30 de junio de 2023.
7,5%, desde el 1º de julio de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2023.
Se duplican las alícuotas para los bienes del exterior cuando no exista repatriación.
Régimen simplificado
Se establece un régimen simplificado con una alícuota especial del 1,5% aplicable a personas humanas que exterioricen tenencia de moneda nacional y/o extranjera y el monto no supere el 35% de los ingresos anuales promedio de los últimos 3 períodos fiscales y con un tope de hasta USD 50 mil.
Quedan excluidos únicamente del Régimen Simplificado aquellos contribuyentes alcanzados por el Aporte Solidario, es decir aquellos con alta capacidad contributiva.
Beneficios
No se considerarán incrementos patrimoniales no justificados por los bienes declarados.
Se libera a los sujetos comprendidos de toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal cambiario, penal aduanera e infracciones administrativas que pudieran corresponder por los bienes declarados.
Los sujetos quedan liberados de los siguientes impuestos que hubieran omitido declarar: Ganancias, Internos y al Valor Agregado, sobre los Bienes Personales y de la contribución especial de cooperativas.
Funcionarios, excluidos
Quedan excluidos los sujetos que entre el 1° de enero de 2010 y la vigencia de la ley hubieran desempeñado funciones públicas y, también, sus cónyuges, los convivientes, los padres y los hijos.
Colaborador
Se incorpora la figura del colaborador. Será cualquier sujeto que le permita a la AFIP la detección y/o localización tanto de bienes no declarados, en el país y en el exterior, como de maniobras que tengan como objetivo algunos de los delitos tipificados en el presente Régimen Penal Tributario.
El colaborador podrá recibir una recompensa de hasta el 20% del total de lo efectivamente recaudado.
Gozará de la protección y reserva de identidad de él y de su entorno familiar o societario.
Para el caso de los colaboradores, la AFIP estará dispensada de aplicarles sanciones administrativas y de formularles denuncia penal tributaria, en caso de corresponder, cuando las obligaciones evadidas, aprovechadas o percibidas indebidamente y sus accesorios fueren objeto de un acuerdo de colaboración.
Asimismo, la AFIP y cualquier organismo del Estado con competencia en la materia, estarán dispensados de formular denuncias por presuntos delitos contra el orden económico y financiero y cualquier otro presunto delito tipificado en el Código Penal y/o en alguna norma particular con carácter penal.
Adicionalmente, los colaboradores quedarán eximidos de cualquier tipo de sanción susceptible de ser encuadrada en alguna de las conductas tipificadas en las leyes Nros. 21.526, de Entidades Financieras y 26.831, de Oferta Pública y Mercado de Valores.
Este beneficio de extinción se otorgará para el colaborador cuya colaboración redunde en un resultado positivo para la Administración Tributaria y los organismos respectivos con competencia en la materia.
Fuente: ambito.com